D. Javier E. Quesada Lumbreras
Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Granada
Contribuir al esclarecimiento de dichos métodos de cálculo de costes efectivos de los servicios públicos y de los periodos medios de pago a proveedores por parte de la Administración. Se trata así de articular un taller de aplicación práctica para todas aquellas personas que desempeñan su labor profesional en el ámbito de la gestión de servicios públicos, contribuyendo así al fortalecimiento de las capacidades de gestión en nuestras organizaciones públicas locales. Este taller se desarrolla a través de una fase presencial con una duración total de 5 horas, y se completa con una fase virtual de 25 horas, que integra la proposición de diversos ejemplos prácticos resueltos, el método para realizar los cálculos precisos y un foro de debate a través del cual se podrá intercambiar puntos de vistas y consultas relacionadas con la aplicación práctica de la LRSAL en materia de cálculo de costes efectivos de los servicios públicos. HOMOLOGADO POR EL INSTITUTO ANDALUZ DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Autoridades electas, personal al servicio de la Administración Local, y técnicos que desempeñan su labor profesional en el ámbito de la gestión de servicios públicos.
Los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera del sector público como base del funcionamiento estructural de las Administraciones Públicas resultan clave para el crecimiento económico y bienestar social y contribuyen a generar confianza en el correcto funcionamiento del sector público.
Dada esta importancia, el legislador ha redefinido el principio de sostenibilidad financiera en el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, incluyendo no solo el control de la deuda pública financiera, sino también el control de la deuda comercial.
Tal y como recoge en su informe la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, el desafío de controlar la deuda comercial y erradicar la morosidad de las Administraciones Públicas exige crear un instrumento, automático y de fácil aplicación, para que su seguimiento permita un control generalizado y eficaz.
Con este propósito, la citada Ley Orgánica ha articulado un conjunto de medidas automáticas y progresivas destinadas a garantizar el cumplimiento por las Administraciones Públicas de la normativa en materia de morosidad. Estas medidas, en último extremo, contemplan la facultad de la Administración General del Estado para retener recursos de los regímenes de financiación correspondientes ante el incumplimiento reiterado por las comunidades autónomas y corporaciones locales del plazo máximo de pago, con el fin de pagar directamente a los proveedores de estas Administraciones.
Por su parte, la reciente reforma del régimen local instrumentada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, ha introducido un nuevo precepto, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el que se contienen determinados criterios básicos relativos al coste efectivo de los servicios prestados por las entidades locales.
Se refieren esos criterios al ámbito objetivo de aplicación de dicha magnitud, a la fuente de información en la que se debe fundamentar su cálculo y a la publicidad que, de la misma, se deberá realizar al objeto de profundizar en el cumplimiento de los principios de eficiencia y de transparencia de la gestión pública local. De ese modo, dispone aquel precepto que la totalidad de entidades locales, y en relación con todos y cada uno de los servicios que presten, deberán calcular antes del día 1 de noviembre de cada año el coste efectivo correspondiente.
Con el fin de contribuir al esclarecimiento de dichos métodos de cálculo de costes efectivos de los servicios públicos y de los periodos medios de pago la Sede en Granada de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en colaboración con el Colegio Oficial de Secretarios e Interventores de la Provincia de Granada y el Ayuntamiento de Maracena, organizan este taller de aplicación práctica para todas aquellas personas que desempeñan su labor profesional en el ámbito de la gestión de servicios públicos, contribuyendo así al fortalecimiento de las capacidades de gestión en nuestras organizaciones públicas.
NORMATIVA Y CONDICIONESConsulte a normativa y condiciones generales que se aplican a esta actividad.
Técnico Superior de la Unidad de Asesoramiento Económico a Municipios del OPAEF - Diputación de Sevilla. Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales. Coautor del libro "Guia práctica para la planificación presupuestaria de las Entidades Locales: Diagnóstico Económico Financiero y Planes de Saneamiento" y de varias publicaciones.
Doctor en Derecho por la Universidad de Granada y Catedrático en Derecho Administrativo en la misma Universidad. En la actualidad desempeña el cargo de Director del Centro de Gobernabilidad, Políticas y Administración Pública de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y es Secretario General de la Unión Iberoamericana de Municipalistas. Ha desempeñado, también a lo largo de su carrera profesional, diversos puestos de trabajo como Secretario de Administración Local o Magistrado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sus áreas de especialización se centran en el Gobierno Local, la Función Pública y los Principios Generales del Derecho donde Castillo ha obtenido diversos premios y es autor de más de 150 publicaciones en dichas áreas. Es el Investigador Principal de distintos Grupos y Proyectos de Investigación I +D+i en dichos campos. Dirige, asimismo, diversos Máster, con carácter presencial y virtual, en dichas áreas. Asimismo, ha participado e
Funcionario de Habilitación Nacional de la Subescala de Intervención-Tesorería y ejerce sus funciones como Tesorero general de la Diputación de Sevilla y del Organismo Provincial de Recaudación (OPAEF), tiene experiencia docente, ha escrito de forma individual o conjunta varias obras y múltiples artículos sobre finanzas locales. Es Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Sevilla. Economista del Ayuntamiento de Sevilla
La Unión Iberoamericana de Municipalistas (UIM), cuenta con una Normativa académica y económica para la Gestión de Actividades, así como una Política de Devolución.
Dicha Normativa y Políticas de Cancelación deben aceptarlas todos los alumnos que se inscriben en los diferentes programas que imparte la UIM en modalidad virtual, semipresencial o presencial. Por dicha normativa, se regirá la Gestión académica y administrativa de nuestros alumnos.
Puede consultar la normativa y condiciones generales que se aplican en el siguiente enlace: Ver normativa y condiciones generales